A través de un
Proyecto de Resolución, Beatriz Kreitman, diputada de CCARI, solicitó la
creación de la Comisión Especial
de Derechos de Comunidades Originarias, Pobladores Rurales y Crianceros.
Detallando que las funciones y deberes de dicha comisión
serán:
a) Analizar las normativas (leyes, decretos u ordenanzas)
vigentes en la Provincia de Neuquén que afecten o se vinculen con el desarrollo
y fortalecimiento de los integrantes de comunidades originarias, pobladores
rurales o crianceros existentes en la
misma, sus organizaciones e instituciones representativas; alcances y nivel de aplicación de las mismas.
En el caso de detectarse falencias, anacronismos o dificultades en a
aplicación, la comisión especial deberá proponer las modificaciones que
considere pertinentes.
b) Realizar
un digesto de las normativas vigentes de diferente jerarquía relacionadas con
las comunidades y pobladores de la provincia que refiere la presente
resolución, sus organizaciones e instituciones representativas, como así
también de las recomendaciones emitidas por las Organizaciones y Tratados
Internacionales, promoviendo su actualización.
c) Investigar
y analizar nuevas políticas que impulsen el reconocimiento pleno de los
derechos reconocidos, en favor de las comunidades originarias y pobladores
rurales y crianceros.
d) Proponer la creación o fortalecimiento de aquellas áreas
gubernamentales que atiendan cuya población objetivo sean los integrantes de
pueblos originarios, pobladores rurales y crianceros, sus comunidades y
organizaciones representativas.
e) Trabajar en forma conjunta con los funcionarios de las áreas
pertinentes del Poder Ejecutivo provincial, nacional y municipales cuando se
establezcan políticas de trabajo y colaboración vinculados con la temática de
la comisión especial.
El
proyecto plantea que la Comisión Especial de Derechos de Comunidades
Originarias, Pobladores Rurales y Crianceros esté compuesta por catorce diputados,
e integrada de igual forma que las Comisiones permanentes de la Cámara. Y se
podrá invitar a participar a distintos actores sociales, institucionales y
políticos vinculados a la temática objeto de la Subcomisión.
También se establece que los
miembros titulares de esta Comisión se reunirán ordinariamente en forma
trimestral y extraordinariamente, cuando lo convoque el presidente de la misma
o lo soliciten tres (3) o más de sus integrantes. La elección de un Presidente
y un Secretario, se realizará entre sus miembros. La Comisión elabora y propone
su propio Reglamento Interno.
La legisladora explicó que la temática de los pueblos
originarios en el país y el mundo ha obtenido un reconocimiento y un nivel de
actualidad que amerita medidas significativas por parte de los órganos
estatales a todos los niveles, con el fin de ir sancionando nuevas normativas e
ir adecuando las existentes a los nuevos marcos jurídicos vigentes, tal como lo
exige el contenido del nuevo artículo 75, inciso 17 de la Constitución
Argentina, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración Universal de los Derechos
de los Pueblos Indígenas. Señalando además que "resulta imperioso ir
logrando un abordaje transversal de temática indígena en relación con todas las
demás áreas de la administración pública provincial con las que puedan
interactuar, directa o tangencialmente, las diversas formas de organización y
manifestaciones del Pueblo Mapuche".
Y señaló que "dada la inexistencia de normas que amparen los derechos de los
pobladores rurales y crianceros, los
cuales habitan nuestra provincia y han trabajado la tierra durante
generaciones, creemos necesario la legalización de su situación, que se dará a través de la sanción de este
Proyecto".
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