Solicitud que se enmarca en el proyecto presentado
por CCARI en el año 2012, y que tiene por objetivo no sólo auditar las finanzas
sino también la gestión gerencial, administrativa y las prestaciones.
Beatriz Kreítman, diputada de Coalición
Cívica ARI, recordó que "en Mayo del año 2012 presentamos desde el bloque
de la CCARI un proyecto de Ley creando una comisión especial investigadora sobre la situación financiera económica, patrimonial del Instituto de Seguridad Social
del Neuquén (ISSN), con el
objeto de analizar las de las finanzas del
organismo su situación en cuanto a sus bienes y recursos, tanto de la Caja de
Previsión Social, como de las Prestaciones de Salud y Asistenciales.
Requeríamos la contratación de profesionales de la UNC para realizar una
auditoría que efectúe un examen crítico de los estados financieros.
Y remarcó la legisladora que "hoy han pasado casi dos años, sin que la Legislatura siquiera
ponga en discusión ese u otro proyecto, sin que las autoridades del Organismo
abran los números y nos demuestren a la comunidad en general y a los afiliados
en particular, que todos los meses realizamos los aportes; como se gasta el
dinero". Tiempo que se traduce en "más deterioro", aseguró.
Recordando además que "los afiliados no pueden voluntariamente dejar
de aportar a una caja que día a día, deja de darle prestaciones absolutamente
imprescindibles".
Por ello Kreitman señaló
la necesidad de hacer una auditoría del ISSN, que sea "un examen crítico y
sistemático realizado por un grupo de
profesionales independientes del sistema auditado. Una auditoría externa de los estados financieros, pero, que la investigación no sea solo cuanto a los estados financieros sino
que también que abarque todas las áreas del ISSN como: prestaciones, gerencia,
administración", entre otras.
De esta manera explicó la
diputada que con la creación de la
comisión se busca darles "operatividad a las prescripciones establecidas
en la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, adoptada por nuestro
derecho interno a través de la ley 26097 y que en sus arts. 5° y 9° establecen la obligación de los estados parte
de adoptar mecanismos que promuevan la participación de la
sociedad y reflejen los principios del imperio de la ley, la debida gestión de
los asuntos públicos y los bienes públicos, la integridad, la transparencia y
la obligación de rendir cuentas".
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