lunes, 13 de enero de 2014

KREITMAN PIDE AUDITORIA INDEPENDIENTE PARA EL ISSN

Solicitud que se enmarca en el proyecto presentado por CCARI en el año 2012, y que tiene por objetivo no sólo auditar las finanzas sino también la gestión gerencial, administrativa y las prestaciones.

Beatriz Kreítman, diputada de Coalición Cívica ARI, recordó que "en Mayo del año 2012 presentamos desde el bloque de la CCARI un proyecto de Ley creando una comisión especial  investigadora sobre la situación financiera económica, patrimonial del Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN), con el objeto de analizar las de las finanzas del organismo su situación en cuanto a sus bienes y recursos, tanto de la Caja de Previsión Social, como de las Prestaciones de Salud y Asistenciales. Requeríamos la contratación de profesionales de la UNC para realizar una auditoría que efectúe un examen crítico de los estados financieros.
Y remarcó la legisladora que "hoy han pasado casi  dos años, sin que la Legislatura siquiera ponga en discusión ese u otro proyecto, sin que las autoridades del Organismo abran los números y nos demuestren a la comunidad en general y a los afiliados en particular, que todos los meses realizamos los aportes; como se gasta el dinero". Tiempo que se traduce en "más deterioro", aseguró.
Recordando además que "los afiliados no pueden voluntariamente dejar de aportar a una caja que día a día, deja de darle prestaciones absolutamente imprescindibles".
Por ello Kreitman señaló la necesidad de hacer una auditoría del ISSN, que sea "un examen crítico y sistemático realizado por un  grupo de profesionales independientes del sistema auditado. Una auditoría externa de los estados financieros, pero,  que la investigación no sea  solo cuanto a los estados financieros sino que también que abarque todas las áreas del ISSN como: prestaciones, gerencia, administración", entre otras.
De esta manera explicó la diputada que con la  creación de la comisión se busca darles "operatividad a las prescripciones establecidas en la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, adoptada por nuestro derecho interno a través de la ley 26097 y que en sus arts. 5° y 9°  establecen la obligación de los estados parte de adoptar mecanismos  que promuevan la participación de la sociedad y reflejen los principios del imperio de la ley, la debida gestión de los asuntos públicos y los bienes públicos, la integridad, la transparencia y la obligación de rendir cuentas".




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