miércoles, 9 de septiembre de 2015

LEY PARA CREAR FONDO EDUCATIVO PROVINCIAL


Hoy Beatriz Kreitman, diputada de CC ARI y Daniel Baum, Diputado de Democracia Cristiana, presentaron un Proyecto de Ley para la creación del Fondo Educativo Provincial de acuerdo a lo establecido en la ley 2945 Orgánica de Educación, con el obejtivo del fortalecimiento de las instituciones educativas públicas. "Los recursos de este fondo no están comprendidos en el porcentaje establecido en los artículos 114 y 115 de la Constitución Provincial de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 99° de la mencionada Ley", explicó la legisladora.
EL proyecto prevé que la finalidad de este fondo sea: la capacitación docente, equipamiento de los establecimientos educativos y Refacciones y ampliaciones edilicias 
Para ello se destinará recursos provenientes de: el 30 % del incremento anual de las regalías hidrocarburíferas que perciba la provincia; el 10% de cada Contrato relativo a gas y petróleo que formalice la provincia a través de la empresa Gas y Petróleo de Neuquén S.A.; el 2% del incremento anual del Impuesto Inmobiliario Urbano que perciba la provincia deducida la masa de fondos coparticipables y también podrá incorporar aportes de personas físicas y jurídicas, así como de otras fuentes de financiamiento de origen nacional o internacional.
Kreitman explicó además que será el Consejo Provincial de Educación quien establecerá los parámetros de distribución y los procedimientos de gestión del Fondo, tomando en consideración las sugerencias emanadas por los Distritos Educativos, los Establecimientos Escolares y las Direcciones de Nivel.







A CONTINUACIÓN PROYECTO COMPLETO

Neuquén, 09 de Septiembre de 2015.



                                                                   
A la presidenta de la
Honorable Legislatura de Neuquén
Dra. Ana María Pechen
S............./..............D.-

             

                            Tengo el agrado de dirigirme a Usted con el fin de elevar el presente Proyecto de Ley para la creación del  Fondo Educativo Provincial de acuerdo a lo establecido en la ley 2945  Orgánica de Educación , para el fortalecimiento de las instituciones educativas públicas. Los recursos de este fondo no están comprendidos en el porcentaje establecido en los artículos 114 y 115 de la Constitución Provincial de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 99° de la mencionada Ley.

                                           Sin otro particular, saludo a usted atentamente.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1º: Créase el Fondo Educativo Provincial de acuerdo a lo establecido en la ley 2945  Orgánica de Educación , para el fortalecimiento de las instituciones educativas públicas. Los recursos de este fondo no están comprendidos en el porcentaje establecido en los artículos 114 y 115 de la Constitución Provincial de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 99° de la mencionada Ley.

ARTÍCULO 2º: El Fondo Educativo Provincial estará administrado por el Consejo Provincial de Educación el cual será la Autoridad de Aplicación  y tiene como finalidad:

·Capacitación docente
·El equipamiento de los establecimientos educativos.
·Refacciones y ampliaciones edilicias 

ARTÍCULO 3º: El Fondo estará integrado por:

a) el 30 % del incremento anual de las regalías hidrocarburíferas que perciba la provincia luego de la distribución primaria dispuesta en el artículo 3° de la ley 2148.
b) 10% de cada Contrato relativo a gas y petróleo que formalice la provincia a través de la empresa Gas y Petróleo de Neuquén S.A.
c) el 2% del incremento anual del Impuesto Inmobiliario Urbano que perciba la provincia deducida la masa de fondos coparticipables dispuesta por el artículo 3° de la Ley 2148.
d) también podrá incorporar aportes de personas físicas y jurídicas, así como de otras fuentes de financiamiento de origen nacional o internacional.

 ARTICULO 4 º: En forma semestral el Poder Ejecutivo  deberá brindar información a la Legislatura Provincial del monto recaudado por este concepto.

ARTÍCULO 5°: El Consejo Provincial de Educación establecerá los parámetros de distribución y los procedimientos de gestión del Fondo, recibiendo las sugerencias emanadas por los  Distritos Educativos, los Establecimientos Escolares y las Direcciones de Nivel.

ARTICULO 6º: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días corridos a partir de su promulgación, fecha que se tomará para determinar el incremento  de los items. a) y c) y el cómputo de cada Contrato realizado por la empresa GyP item b) del articulo 3 de la presente ley .

ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Poder Ejecutivo




FUNDAMENTOS

Se somete a consideración de este Cuerpo el proyecto de ley para su sanción, a través del cual se crea el Fondo Educativo Provincial para el fortalecimiento de las instituciones educativas públicas, tal  lo dispuesto en la ley de acuerdo a lo establecido en la ley 2945  orgánica de educación de la provincia.

Conocida por todos es la problemática financiera que atraviesa el área educativa, uno de los que debería ser el principal pilar en materia de políticas públicas. Hoy, el presupuesto, más allá de sus  buenas intenciones, sólo permite cumplir las obligaciones salariales para el personal docente y no docente, lo cual no implica una suma menor. Pero, por fuera de estas obligaciones, existen recursos que  son imprescindibles  y hacen a la calidad educativa.   
   
  Las ejecuciones presupuestarias tanto en equipamiento como en infraestructura se han ido contrayendo año tras año, como también han ido en aumento las demandas de mejoras edilicias, o de prestaciones básicas como calefacción y refrigeración en las escuelas, reparaciones de techos, pintura y un sin número de obras básicas para la mejor habitabilidad de los establecimientos.

Hoy, en gran medida, estas cuestiones son asistidas por los municipios,  a través de los fondos que escasamente reciben para estos fines, pero estos aportes no son suficientes más que para realizar parches que no resuelven el fondo de la problemática.

Es necesario aprehender la verdadera importancia que el edificio escolar tiene a través de sus espacios, sus componentes, sus proporciones y su influencia de manera significativa en  el desarrollo de los procesos educativos.

Situaciones edilicias deficientes, falta de mantenimiento y preservación  del estado de los mismos, aulas poco espaciosas, ausencia de espacios adecuados de recreación y actividades físicas, calefacción insuficiente, falta de materiales esenciales para cumplir con las experiencias educativas suponen un obstáculo directo y cotidiano para la consecución de los objetivos.

Cuanto mejor es el entorno, más motivador resulta por lo que los esfuerzos deberían estar centrados en proporcionar edificios escolares más humanizados, agradables y confortables.

              Otro aspecto relevante está dado por la actualización y profundización del conocimiento a través de  la capacitación permanente y gratuita del personal docente y no docente, de acuerdo a la función  desempeñada dentro del sistema educativo. Es imprescindible jerarquizar y revalorizar el rol docente como organizador de las situaciones de aprendizaje y conductor de un proceso de generación y construcción  de saberes en forma conjunta con los alumnos. Es también en la capacitación docente donde se valida la transformación de la dimensión pedagógica.
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.                                Resulta innegable que todos aquellos que tienen algún poder de  decisión dentro del sistema educativo están preocupados por  brindar una mejor educación, entendida como educación de calidad y hacerlo para todos. En tal sentido en  el debate sostenido al momento de aprobar la Ley Orgánica de Educación de la provincia,  claramente los participantes establecieron la necesidad de incorporar un fondo educativo que contemple las necesidades  de: Capacitación docente, el mantenimiento edilicio de los establecimientos educativos de cada distrito, equipamiento y refacciones y ampliaciones edilicias. 

Por lo expuesto es que solicito a los señores Legisladores me acompañen con el presente proyecto.






martes, 8 de septiembre de 2015

DIPUTADOS Y ORGANIZACIONES SOCIALES RECHAZAN LA REUNIÓN DE LA OFEPHI EN NEUQUÉN

Hoy referente de distintas organizaciones, gremios, partidos políticos, instituciones religiosas, estudiantes, trabajadores e individuos se manifestaron en contra de la reunión de la Organización de Estados Productores de Hidrocarburos (OFEPHI) que se realiza hoy en Neuquén con la participación también de Daniel Scioli candidato a presidente por el Frente para la Vitoria.
Giulio Soldati, referente de Asamblea Permanente del Comahue por el Agua,  explicó que “convocamos a las distintas organizaciones sociales y partidarias en contra de la reunión de la OFEPHI porque nuestra idea es articular espacio de resistencia para que se conserve el territorio, lo que está pasando hoy con el tema a nivel nacional es preocupante, y debemos trabajar en defensa del Agua porque es la verdadera riqueza del territorio”.
Beatriz Kreitman, diputada de CC ARI, señaló que “hay una decisión del gobernador de la provincia  como del resto de los representantes de las provincias que participan de  respaldar a un candidato presidencial y así lo manifestó además la diputada Nancy Parrilli”. Contrario a esto explicó la legisladora que “nosotros estamos preocupados por la cuestión socioambiental, porque se tiran pozos sumideros, tenemos lugares como Allen absolutamente contaminados en donde antes era zona productiva. Y vemos que no se está trabajando por la transformación de la matriz, no se pone el eje en la infraestructura en la provincia, y por ejemplo en Añelo faltan de hospitales, escuelas y las rutas son un desastre”.



De esta manera Kreitman dijo que las autoridades provinciales y nacionales son “laxos en el cuidado del ambiente, se tiene una mirada recaudatoria en vez de trabajar en la prevención, pero no hay plata que repare el daño ambiental”.
Remarcó así que “el interés es solo económico para que a las empresas les vaya bien”. Por ello reclamó que “queremos una discusión seria respecto de los recursos naturales y del ambiente; porque las expectativas que han puesto sobre Vaca Muerta no son tales, y las pruebas están a la vista porque se sigue subsidiando el petróleo”.
Gabriela Suppicich, diputada del FIT, alertó “que esta reunión de la OFEPHI esta presidida por el hermano del Scioli, y es una reunión para garantizar el estado de rentabilidad de las empresas. Esto implica el acuerdo de la política que van a llevar adelante todos los gobiernos que están presentes en relación a la devaluación del peso y la rebaja del costo laboral; por eso hemos visto despidos de trabajadores petroleros y mineros”.
Daniel Baum, diputado Democrata Cristiano, denuncio que “lamentablemente la OFEPHI se ha transformado en sede de campaña de cara  a las elecciones al 25 de octubre apoyando al candidato oficialista. Una OFEPHI inexistente
Que lamentablemente en oportunidad de discutirse la ley petrolera que le otorgo beneficios a las empresas que ni siquiera estas requerían, y derechos como el de poder solicitar la prórroga de la concesión no convencional  si tenía concesión convencional y lo más grave es que se excluyó de la ley 27007 toda la cuestión ambiental”.
Acompañan este planteo:
La Asamblea Permanente del Comahue por el Agua
Beatríz Kreitman - Diputada de la Provincia de Neuquén CCARI
Gabriela Suppicich - Diputada de la Provincia de Neuquén Partido Obrero-Frente de Izquierda
Raúl Dobrusín - Diputado de la Provincia de Neuquén UP
Alfredo Marcote - Diputado de la Provincia de Neuquén Up
Daniel Baum - diputado de Democracia Cristiana
Jorge Ocampo - Diputado de la Provincia de Rio Negro CCARI
Magdalena Odarda - Senadora Nacinal
Ricardo Villar - Presidente de CC ARI Neuquén.

Adhieren:
Parlamento por el Agua
Equipo de Educación Popular Pañuelos en Rebeldía
Centro de Investigación y Formación de Movimientos Sociales Latinoamericanos
Sociedad de Resistencia Oficios Varios Lomas de Zamora / F.O.R.A. - A.I.T.
Foro ambiental y social de la Patagonia
Organizadores de Comodoro Rivadavia de la V cumbre de territorios libres de fracking
Todos los 25 hasta que se vaya Monsanto
Roberto Ochandio (Esquel)
Alicia Dominici (Esquel)
GAPTA, Grupo Ambientalista del Partido de Tres Arroyos
Silvia de los Santos - Comodoro Rivadavia
Roberto Jorge Rabello -Foro Ambiental de Santiago del Estero
Elvio Mendioroz -Fundación Uñopatún
Red Nacional de Acción Ecologista RENACE
Unidos por las Aguas de la Cuenca Currú Leuvú
Lof Winkul Newen – Neuquén
Árbol de Pie - Bariloche
MOVIMIENTO POR ENTRE RÍOS LIBRE DE FRACKING.
ASOC. GREMIAL DEL MAGISTERIO DE ER - AGMER PARANÁ.
PROGRAMA DE EXTENSIÓN "POR UNA NUEVA ECONOMÍA, HUMANA Y SUSTENTABLE" UNER.
FUNDACIÓN PROYECTO "TIERRA"
Resumen Latinoamericano
OLP- Simón Bolívar
Félix HERRERO
Tierra Para Vivir
Asamblea Popular Ambiental Colón - Ruta 135 (Entre Ríos)
Laura Olivares. Educadora 17406962

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miércoles, 26 de agosto de 2015

KREITMAN PROPONE LEY PARA REGULAR A OPERADORES EN PSICOLOGÍA SOCIAL


Hoy tomó estado parlamentario el Proyecto de Ley, presentado por Beatriz Kreitman, diputada de CC ARI, que se propone regular el ejercicio profesional del Operador en Psicología Social, o cualquier otro título equivalente a ésta, como actividad profesional independiente en la Provincia Neuquén.
Para fundamentar este proyecto la legisladora contextualizando el origen de esta disciplina reciente, destacando que en la Argentina no es como una especialidad de la Psicología sino que es previa a la creación de esta Carrera en la UBA...la Psicología Social se origina, se funda como campo de saber autónomo.
Y remarcó que "una profesión que en sus 55 años de trayectoria no ha dejado de crecer y desarrollarse está dando muestras de su vitalidad y fortaleza". Por ello consideró que "estos profesionales requieren a esta altura del desarrollo de la disciplina un encuadramiento por parte del Estado".
Kreitman explicó además que "el Operador en Psicología Social, formado en distintas Instituciones de Enseñanza Superior y con la filosofía de su Fundador Doctor Enrique Pichon Riviere, se ha instrumentado para la intervención en las problemáticas vinculares y comunicacionales en el campo de la interacción humana y la promoción de salud, potenciando la acción y la producción creativa de las personas, reunidas en diferentes grupos sociales, equipos e instituciones".
De esta manera "los Operadores en psicología social actúan como facilitadores, implementando dispositivos de trabajo grupales y promoviendo el protagonismo de los sujetos en la detección y resolución de los obstáculos que naturalmente se presentan en toda tarea".
Por todo ello, Kreitman consideró que "resulta necesario regular las incumbencias de los Operadores en Psicología Social a los fines de atender a todas estas problemáticas con recursos humanos adecuadamente formados y capacitados así como para jerarquizar una carrera que cuenta con varios años de experiencia. Además de poner un marco que morigere los conflictos que se suscitan con otras profesiones, delimitando el campo de acción se establecen los parámetros permitidos y aquellos en los que no se permite su intervención".

La iniciativa fue remitida para ser tratada en las comisiones "C" de Desarrollo Humano y Socia, "A" de Legislación de Asuntos Constitucionales y Justicia; y "B" de Hacienda y Presupuesto, Cuentas y Obras Públicas.


Proyecto completo:


Neuquén, 26 de Agosto de 2015

A la Presidenta de la
Honorable Legislatura de Neuquén
Dra. Ana María Pechen 
SU DESPACHO
        
                                     
         Tengo el agrado de dirigirme a Usted con el fin de elevar el presente Proyecto de Ley, sobre el ejercicio de la profesión del Operador en Psicología Social o cualquier otro título equivalente a ésta, como actividad profesional independiente en la Provincia Neuquén, quedará sujeto a las disposiciones de la presente Ley y de su respectiva reglamentación.
         Para su consideración y oportuno tratamiento.



Sin otro particular, saludo a usted atentamente.



Fundamentos

La Psicología Social es una disciplina reciente. Como todas las Ciencias Sociales se inicia a mediados del siglo pasado. Michel Foulcault señala que la evolución del saber no tiene un origen puro e iluminado sino que emerge de la voluntad de poder. Lo que impulsa al desarrollo del conocimiento es el poder. El poder entendido como dominio de la naturaleza o de ciertas problemáticas que desafían al hombre.

En 1815 se produjo la primera crisis que altero el mercado inglés, quedando muchos obreros en la calle y provocando disturbios y destrucciones de maquinas.

Contra la pobreza extrema y las crisis económicas se levantaron escritores e intelectuales protestando contra el régimen de explotación y pidiendo la intervención del Estado.  La miseria de la clase obrera la explotación de niños y mujeres mueve a los intelectuales a reflexionar sobre ello y otros como Marx a rebelarse y a intentar transformar esta realidad.

Este es el clima social en el cual surgen las primeras reflexiones acerca de la Psicología Social.
  
En la Psicología Social académica se desarrollaron dos tendencias, una más sociológica que culmina con el gran creador que fue George Mead y una corriente más psicológica donde ubicaríamos a Kurt Lewin también en EEUU.

  a diferencia que nos importa de una u otra corriente es en cuanto a la concepción del hombre que sustentan. Una cosa es considerar al hombre como un individuo influido por su ambiente pero donde se lo sigue considerando como originariamente individuo y otra es tener una concepción de sujeto social.

   Para George Mead, fundador del inter-accionismo simbólico el sujeto es sujeto social. Deviene sujeto a partir de su interacción con otros.

   Enrique Pichon Riviere adhiere a esta corriente. Su concepción del hombre es la de un sujeto social. Un ser que inexorablemente, solo por su condición social puede devenir  humano.
  
 Aquí necesariamente debemos acudir a las estructuras intermediarias entre lo social y el individuo como son las instituciones, la familia, la cultura y las culturas particulares y lo que para E. Pichon Riviere es la unidad mínima de análisis que es el Vínculo.

 El ser humano, para E. Pichon Riviere, emerge como única posibilidad de supervivencia de las tramas vinculares que le dieron origen. Pero no solo es un ser producido, constituido desde estas tramas vinculares sino que también es productor. Su concepción del hombre es de un sujeto productor y producido por esas estructuras objetivas, fundamentalmente vinculares, que trascienden su subjetividad y que tienen efectos de determinación sobre él.

Como partimos del concepto de sujeto como sujeto social, a través de este instrumento podemos comprender la “horizontalidad”, la comunidad, el grupo en su totalidad y la “verticalidad”, es decir al individuo inserto en esa totalidad.

En función de la tarea de comprensión del individuo (ámbito psicosocial) y de la sociedad (ámbito sociodinámico) y sus relaciones e influencias recíprocas, el ECRO incluye una Teoría del aprendizaje ya que el aprendizaje de la realidad (lectura de la realidad) hace a la adaptación activa (criterio de salud) o a la adaptación pasiva (criterio de enfermedad) del sujeto. Otros elementos constitutivos y básicos de este esquema son: la Teoría de los roles, ya que la asunción y la adjudicación de roles constituyen una de las bases del comportamiento de los individuos en los niveles grupal, institucional, comunitario, etc. Teoría de la comunicación. La comunicación y el aprendizaje van paralelos, son cooperantes. Una mala comunicación conlleva a un mal aprendizaje y viceversa. El malentendido y el sobreentendido son un ejemplo de esto, constituyen perturbaciones en la aprehensión de la realidad.

Otro concepto clave es el de Vínculo que remplaza al de relación de objeto de Freud y que implica que en el campo de las relaciones humanas hay un ida y vuelta, así se configura un esquema dialéctico.

         En los orígenes del rol del Operador en Psicología Social, iniciados los años cincuenta, Enrique Pichon Riviere quien había sido pionero en la introducción en nuestro país de la Psiquiatría Dinámica, del psicoanálisis, fundador de la Asociación Psicoanalítica Argentina, aún siendo exitoso psiquiatra y exitoso psicoanalista a nivel internacional se apasionó por el campo de la investigación social en la Argentina. Funda entonces el IADES (Instituto Argentino de Estudios Sociales) para llevar adelante, interdisciplinariamente, estas investigaciones sociales.
Una de las primeras, se llevó a cabo por pedido del Gobierno de Tucumán y el objetivo era conocer las causas de la disgregación familiar que asolaba la provincia. Pichon Riviere investiga y llega a la conclusión que la dispersión de la familia tucumana se debía a la condición de monocultivo de la caña de azúcar de la Provincia. La familia solamente podía estar junta en momentos de la zafra cañera. Allí los niños colaboraban, las mujeres llevaban o hacían la comida a la vera de los cañaverales. Pero terminada la zafra los hombres debían emigrar como cosecheros de otros cultivos: la vendimia en Mendoza, o las manzanas en el Valle medio, la yerba mate en Misiones, el algodón en el Chaco etc. La familia terminaba disgregada. Esta fue la conclusión de la investigación llevada a cabo por el equipo interdisciplinario del IADES. E. Pichon Riviere luego de investigar y confirmar que el monocultivo era la causa de la disgregación de la familia tucumana, llega a la conclusión que la investigación social que llevaban a cabo no podía avanzar más allá del diagnostico porque no tenían Operadores Psicosociales capaces de intervenir micro-socialmente sobre la problemática detectada. Entregaban el diagnostico y las transformaciones quedaba luego en las manos exclusivas de los políticos.
         Más adelante en su vida escribirá: “no nos interesa formar excelsos observadores de la realidad sino profesionales capaces de transformarla” Fiel a esta premisa crea, en 1955 su primera Escuela de Psiquiatría Dinámica para formar profesionales con un marco teórico, metodológico e instrumental capaces de intervenir en ámbitos micro-sociales: grupos, equipos, organizaciones y comunidades.

         El objetivo de relatar estas experiencias de origen fundante de la Psicología Social es para dejar sentado que el origen de la Psicología Social en la Argentina no es como una especialidad de la Psicología sino que es previa a creación de esta Carrera en la UBA. No se crea la Carrera de Psicología y a posteriori la especialidad en lo social. No se forman primero especialistas en la psiquis individual y luego se extiende este saber a lo social sino que la Psicología Social se origina, se funda como campo de saber autónomo. Ese es el origen fundante de la Carrera y la disciplina Psicología Social.
         Hay que situarse en el momento histórico que estamos tratando: a comienzos de los años cincuenta no había en la Argentina ni psicólogos, ni sociólogos, ni antropólogos. La Carrera de Psicología se crea en Rosario en 1956 y en la Universidad de Buenos Aires en 1957.  En ese mismo año se crea la Carrera de Sociología y en 1958 la Carrera de Antropología.
         Enrique Pichon Riviere, en 1957 denominará a su Escuela de Psiquiatría Social y en 1967 le dará su denominación definitiva de Escuela de Psicología Social. El término Escuela no se refiere a una organización sino a una corriente de pensamiento.
         Todos los Operadores en Psicología Social somos, actualmente,  herederos de este proyecto que fue crear profesionales con una formación teórica, metodológica y técnica capaz de incidir microsocialmente y micropolíticamente en situaciones que requieren, simultáneamente, una transformación social y subjetiva.
         E. Pichon Riviere a través de la investigación social descubre un nuevo campo del saber que no es la problemática subjetiva, singular ni es exclusivamente la problemática macro-social sino que es la problemáticas que surgen entre-las-personas, los conflictos que surgen cuando las personas se reúnen en conjuntos humanos. Se suele decir que cuando hay más de tres personas, tenemos un conflicto.
         Ese es el campo de la Operación desde la Psicología Social. A partir de esto, E. Pichon Riviere descubre una nueva disciplina que no es la Psicología, cuya especificidad está en la psiquis humana, ni es la Sociología que se aboca a las problemáticas macro-sociales, ni la Antropología que se ocupa de las distintas culturas de los pueblos, sino que es la Psicología Social cuya especificidad se halla en las tramas vinculares, en las situaciones de interrelación y comunicación humana.

         Una profesión que en sus 55 años de trayectoria no ha dejado de crecer y desarrollarse está dando muestras de su vitalidad y fortaleza. Creemos que estos profesionales requieren a esta altura del desarrollo de la disciplina un encuadramiento por parte del Estado.

Los conjuntos humanos sean estos grupos, organizaciones o comunidades hacen síntomas. No son síntomas psicopatológicos. Los síntomas de los conjuntos humanos son tensiones, rivalidades, reclamos, violencias, deterioro de las relaciones humanas. Son condiciones de sufrimiento humano. Pero si hay un profesional capaz de enfrentar estos conflictos, indagar en las causas que los motivan se descubre que hay anhelos de cambios, propuestas de mejoras, potencialidades a descubrir. Pero para ello se necesita un profesional capaz de escuchar al conjunto humano, no es lo mismo escuchar a una persona que escuchar a un grupo, se requiere de una capacidad de escucha múltiple y capaz de restablecer o crear circuitos de comunicación capaces de lograr acuerdos y detectar las necesidades las demandas o los anhelos. Este profesional no solo debe saber escuchar sino también debe poder encauzar a este conjunto humano en un objetivo concreto frente al cual se sientan motivados. Se logra así una mejor calidad de vida. El bienestar subjetivo depende de la calidad de los vínculos que se establezcan en la familia, en el trabajo, entre los amigos etc. Por eso nuestra tarea no tiene que ver con lo terapéutico sino con la Promoción de salud.

         Promover salud es aumentar la calidad de las relaciones humanas, la calidad de los vínculos humanos. André Malraux tenía una frase muy terminante. Decía: una sociedad vale por lo que valen en ella las relaciones humanas.
El Operador en Psicología Social, formado en distintas Instituciones de Enseñanza Superior y con la filosofía de su Fundador Doctor Enrique Pichon Riviere, se ha instrumentado para la intervención en las problemáticas vinculares y comunicacionales en el campo de la interacción humana y la promoción de salud, potenciando la acción y la producción creativa de las personas, reunidas en diferentes grupos sociales, equipos e instituciones.
           Los Operadores en psicología social actúan como facilitadores, implementando dispositivos de trabajo grupales y promoviendo el protagonismo de los sujetos en la detección y resolución de los obstáculos que naturalmente se presentan en toda tarea.
Actualmente existen operadores en psicología social trabajando en muchas instituciones de carácter privado, gubernamental y no gubernamental: consultoras, empresas, municipalidades y ministerios provinciales, Defensa Civil, hospitales, universidades, etc.
Las áreas de inserción de los operadores en psicología social son muy diversas, como por ejemplo, en Desarrollo Social en el trabajo con jóvenes, coordinación de talleres víctimas de violencia, programas de educación popular, prevención y fortalecimiento de grupos vulnerables, etc. En el área de Salud, en la coordinación de grupos de reflexión para mayores, rehabilitación, prevención y contención para población con problemáticas en adicciones, SIDA, nutricionales, etc. En cuanto a la seguridad en lo referido a la promoción y capacitación comunitaria y la coordinación de los foros de seguridad. En Deportes en actividades dirigidas al fortalecimiento de equipos. En Justicia, acompañantes del sistema sostén de la Procuración, centros de mediación, como también en organizaciones civiles, en el ámbito empresario, redes barriales, entre muchas otras.

Se han tomado diferentes proyectos y leyes que reglamentan el ejercicio de la profesión en otras provincias para la elaboración del presente proyecto, así como informes y trabajos realizados por la Escuela de Psicología Social del Sur de la Dra. Gladys Adamson.  

Resulta por ello necesario regular las incumbencias de los Operadores en Psicología Social a los fines de atender a todas estas problemáticas con recursos humanos adecuadamente formados y capacitados así como para jerarquizar una carrera que cuenta con varios años de experiencia. Además de poner un marco que morigere los conflictos que se suscitan con otras profesiones, delimitando el campo de acción se establecen los parámetros permitidos y aquellos en los que no se permite su intervención. 







LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN
 SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
DE EJERCICIO PROFESIONAL DEL "OPERADOR EN PSICOLOGIA SOCIAL"


TITULO I
Del ejercicio profesional. Ámbito y autoridad de aplicación.

ARTÍCULO 1º.-  El ejercicio de la profesión del Operador en Psicología Social o cualquier otro título equivalente a ésta, como actividad profesional independiente en la Provincia Neuquén, quedará sujeto a las disposiciones de la presente Ley y de su respectiva reglamentación.

ARTÍCULO 2º.-   Se consideran en el  ejercicio profesional del Operador en Psicología Social, a los efectos de Ia presente Ley,  la aplicación y/o indicación de teorías, métodos, recursos, procedimientos y/o técnicas específicas en:
·         Intervención con el objetivo especifico de preservar y promover Ia salud y el bienestar, fortaleciendo las posibilidades de acción conjunta de los recursos humanos comprometidos; grupo, organización o comunidad;  en diferentes ámbitos: educativo, salud, recreativo, medio ambiente, judicial, empresas, comunidad, acompañando y sosteniendo los procesos de cambio.
·         Diseño y/o implementación de metodologías y técnicas grupales, organizacionales o de participación comunitaria y/o social, en función de diagnosticar, planificar e intervenir a partir de necesidades o demandas detectadas en los distintos ámbitos.

·         Elaboración de  proyectos de desarrollo psicosocial siguiendo los lineamientos previstos por diferentes organismos gubernamentales y no gubernamentales, dirigidos a diferentes edades, áreas y localizaciones.
·         Evaluación del efecto de las intervenciones a partir del desarrollo de investigaciones psicosociales .
·         Diseño, coordinación y/o participación en investigaciones psicosociales.
·         Asesoramiento a equipos e instituciones en el área psico-social.
·         Coordinación de grupos y talleres orientados hacia Ia promoción de Ia salud, Ia capacitación para Ia autogestión, en organizaciones públicas o privadas dentro de los distintos ámbitos (salud, educación, recreativo, medio ambiente, judicial, empresas, comunidad).
·         Participación en equipos interdisciplinarios para Ia planificación y operación en situaciones de cambio social.



TÍTULO II
De las incumbencias, competencias y capacidades.

ARTÍCULO 3º.- El Operador en Psicología Social tendrá incumbencia y conocimientos para el análisis y estudio de:
·         las variables intervinientes en las relaciones grupales y los modos de participar en ellas;
·         la dimensión subjetiva de las relaciones sociales y el papel que juegan los factores psicológicos en los procesos colectivos;
·         el rol del sujeto social en las instituciones, como soporte de su funcionamiento y factor de la realización de su cometido;
·         los métodos y técnicas de investigación e intervención propias de la Psicología Social como Ciencia..
·         el papel que desempeñan los procesos y variables subjetivas en la conformación de los obstáculos, conflictos y disfuncionalidades que se presentan en las relaciones sociales, institucionales y grupales;
·         los factores convergentes en los problemas sociales contemporáneos que atentan contra la calidad de vida de distintos sectores y grupos comunitarios.

ARTÍCULO 4º.- El Operador en Psicología Social tendrá competencia específica para intervenir en:
·         Procesos colectivos, identificando la incidencia de los factores convergentes
·         Situaciones colectivas, realizando los diagnósticos psicosociales.
·         Contextos grupales, institucionales y comunitarios, operando en la dimensión psicosocial.
·         Proyectos sociales para diseñar estrategias y dispositivos eficaces que faciliten su realización;
·          Grupos, coordinando actividades grupales y tendiendo a su desarrollo e instrumentación.

ARTÍCULO 5º.- El Operador en Psicología Social tendrá capacidad para:

·         Relevar información mediante técnicas especificas en lo referido a necesidades, demandas, opiniones, motivaciones y expectativas de grupos humanos y sectores sociales, a los efectos de establecer cuadros de situación metodológicamente válidos;
·         Realizar diagnóstico del estado en que se encuentran grupos sociales y grupos reducidos, ya sea en ámbitos comunitarios e institucionales, referido a su calidad de vida, relaciones internas, organización de Ia actividad que los convoca, así como respecto de demandas y necesidades de distinta naturaleza;
·         Elaborar proyectos, estrategias y técnicas de intervención colectiva en distintas escalas, sobre base de solicitudes específicas cursadas por los mismos sujetos o por organizaciones públicas, no gubernamentales o privadas, a los efectos de mejorar la situación en que se encuentran.
·         Coordinar grupos en temas de prevención en adicciones, violencia, desocupación, etc., así como grupos convocados para la reflexión, el aprendizaje y la autogestión;
·         Intervenir con el auxilio de técnicas especificas y sobre base de requerimientos establecidos por grupos y organizaciones, en las interacciones entre sujetos y grupos a efectos de la mediación en conflictos, en el mejoramiento de las relaciones.
·         analizar e intervenir en las relaciones institucionales tendiendo a la transformación de situaciones de crisis, en situaciones de aprendizaje, facilitar los acuerdos comunes, propiciar Ia participación interna y propender al mejor logro de sus objetivos;
·         capacitar a grupos y equipos intervinientes  en organizaciones de distinto tipo, en aspectos vinculados a Ia operación psicosocial, brindando herramientas conceptuales y técnicas que faciliten el desarrollo de las acciones que desempeñan;
·         asesorar a equipos de trabajo y organizaciones respecto de las variables psicosociales e institucionales intervinientes en los procesos del propio trabajo, así como en los procesos que vinculan con el medio social;
·         coordinar o participar en la planificación de proyectos sociales o institucionales y/o realizar su seguimiento y evaluación de manera de registrar el proceso, facilitar la visualización de obstáculos y evaluar sus efectos y resultados;
·         investigar y formar en los aspectos inherentes a Ia especialidad.

ARTÍCULO 6º.- El Operador en Psicología Social podrá ejercer su actividad autónoma en forma individual y/o integrando equipos interdisciplinarios, en forma privada o en instituciones públicas o privadas que requieran sus servicios.
ARTÍCULO 7º.- Los graduados con título habilitante según las normas de la presente Ley, solo podrán hacer ejercicio profesional dentro de las incumbencias, competencias y capacidades fijadas en los artículos anteriores.

                                                 TITULO III
De las condiciones para el ejercicio de Ia profesión.
ARTÍCULO 8º.- El ejercicio de la profesión de Operador en Psicología Social solo se autorizará a aquellas personas que:
1. Posean título de Nivel Superior  otorgado por Institutos Superiores, cuyos planes de estudio sean reconocidos por el Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Neuquén.
2. Posean título otorgado por Escuelas privadas no reconocidas y revalidado éste mediante un plan alternativo de estudio en Institutos Superiores cuyos planes de estudio sean reconocidos por el Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Neuquén.
3. Posean título Nacional o equivalente otorgado por los Ministerios de Educación u organismos que hagan sus veces en otras Provincias.
4. Posean título otorgado por entidades extranjeras debidamente revalidado en el país.
5. También podrán ejercer la profesión:
a) Los profesionales extranjeros, con título homologable, contratados por instituciones públicas o privadas con fines de investigación, docencia y asesoramiento.
b) Los extranjeros con título equivalente, que estuviesen en tránsito en el país siempre que fueran oficialmente requeridos en consulta para asuntos de su especialidad.
TITULO IV
De los derechos, obligaciones y prohibiciones.

ARTÍCULO 9º.- Los profesionales que ejerzan el Rol de Operadores en Psicología Social y que cumplan los recaudos exigidos por la presente ley, podrán:
1. Certificar las prestaciones de servicios que efectúen, así como también las conclusiones de diagnósticos psicosociales de los grupos en los cuales se realicen intervenciones.
2. Solicitar la intervención o asesoramiento de otros profesionales cuando la naturaleza del problema así lo requiera.
ARTÍCULO 10°.- Los profesionales que ejerzan la Operación Psicosocial  están obligados a:
1. Proteger a los grupos en los que realicen intervenciones, asegurándoles que las pruebas y resultados que obtengan se utilizarán de acuerdo a normas éticas y profesionales.
2. Prestar la colaboración que les sea requerida por las autoridades sanitarias en caso de emergencias.
3. Guardar el más riguroso secreto profesional sobre cualquier intervención  que realice en cumplimiento de sus tareas específicas, así como de los datos o hechos que se les comunique en razón de su actividad profesional sobre aspectos físicos, psicológicos o ideológicos de las personas y/o de los integrantes del grupo.

ARTÍCULO 11°. - Queda prohibido a los profesionales que ejerzan el rol de Operadores en Psicología Social:
1.  Diagnosticar y realizar tratamientos de cualquier tipo de patología, psíquica o mental.  Prescribir, administrar o sugerir medicamentos, o cualquier otro medio físico y/o químico destinado al tratamiento de las dolencias antes mencionadas.
2. Anunciar, hacer anunciar o avalar actividad profesional como Operador en Psicología Social publicando falsos éxitos profesionales, estadísticas ficticias, datos inexactos, prometer resultados en la intervención o cualquier otro engaño.
TITULO V
De la Matrícula Profesional
Artículo 12°: Para ejercer la actividad profesional se requerirá, además del título habilitante,  al que se refiere el artículo 8, poseer la matrícula correspondiente, cuya inscripción estará a cargo del Colegio Profesional de Operadores en Psicología Social del Neuquén, quien tendrá además competencia en el ejercicio profesional.

TITULO V
Del Colegio Profesional
Artículo 13°: Son objetivos del Colegio Profesional de Psicología Social del Neuquén velar por el estricto cumplimiento del espíritu de la presente Ley, a través de los organismos que lo componen.
Artículo 14°: Son organismos del Colegio profesional:
a) La Asamblea que se constituye como órgano máximo de decisión del Colegio Profesional de Psicología Social de la Provincia del Neuquén.
b) La Comisión Directiva ejerciendo la representación legal de Colegio Profesional.
c) El Tribunal de ética que tiene la finalidad de salvaguardar la ética profesional y el correcto ejercicio de las funciones inherentes a la Psicología Social.
TITULO VI
Disposiciones Transitorias
 Artículo 15° Estarán habilitados para el ejercicio libre o en relación de dependencia de la profesión del Operador en Psicología Social  por esta única vez y previa inscripción en la matrícula que llevará el Colegio Profesional de Psicología Social, quienes a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, sean titulares de diplomas otorgados por escuelas y/o institutos dependientes de establecimientos educacionales de la Nación, de las provincias, de municipalidades o privadas, reconocidas por autoridad competente, cuyos planes de estudio hayan tenido un mínimo de tres (3) años de duración.

ARTÍCULO 16°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.